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jueves, 28 de febrero de 2013

¿Cómo debe ser un ERP?

Son varias las ocasiones en las que me he preguntado  ¿Cómo debe ser un ERP?. Casi siempre me respondo repasando qué funcionalidades debe tener cada módulo:
Facturación automática de albaranes de venta, control de estado en cobros y pagos, contabilización automática de facturas, control de stock, envío de documentos por email, Efactura... y de esta forma podríamos seguir un buen rato y al final obtendríamos una muy buena y completa lista.

Con el paso de los años, la experiencia nos lleva a un punto en el que se aprecian otras "cosas", detalles que cambian sustancialmente la percepción que tenemos de un ERP, es algo tan simple como utilizar el adverbio "cómo", no se trata sólo de QUÉ hace un ERP, sino de CÓMO hace las cosas.  ¡Ojo! no quiero decir que a la hora de evaluar un ERP no tengamos que hacer muchos QUÉ, por supuesto hay que preguntar muchos QUÉ:
  • ¿Que pasa si crezco?
  • ¿Qué seguridad me da?
  • ¿Qué características tiene?
  • ¿Qué módulos verticales tiene?
  • ... Y tantos qué como necesitemos.

Pero además tenemos que realizar muchas preguntas que empiecen por CÓMO, ahí van algunos ejemplos:
  • ¿Cómo hace la facturación automática de albaranes?
  • ¿Cómo puedo clasificar a mis clientes?
  • ¿Cómo se genera el libro registro de facturas emitidas y recibidas?
  • ¿Cómo se planifican los de precios o descuentos especiales? 
  • ¿Cómo hace un análisis de rentabilidad de las ventas? ¿Y de los clientes?
  • ¿Cómo puedo definir las opciones de cada pantalla de cada usuario?
  • ¿Cómo es el servicio de Soporte que recibiré después de la compra?
  • ...

Hoy, si me vuelvo a preguntar ¿Cómo debe ser un ERP? la respuesta será:
  • Seguro
  • Potente
  • Flexible
  • Adaptable
  • "Usable"
  • Que crezca conmigo
  • Debe ser... Como a3ERP



viernes, 22 de febrero de 2013

El I.R.P.F. y las Empleadas de Hogar

Con los cambios normativos introducidos por la ley 27/2011 de 1 de agosto sobre Actualización, Adecuación y Modernización del Sistema de Seguridad Social muchas empleadas del hogar regularizaron su situación y pasaron a cotizar a la Seguridad Social

Gracias también a esta variación, han surgido dudas sobre las retenciones de IRPF a las que están sujetas estas profesionales y la necesidad o no de incluirlas en el IRPF del particular que las contrata. Vamos a dar respuesta a estas cuestiones.


Seguridad Social. Aunque las empleadas del hogar siempre han tenido la obligación de estar dadas de alta en la Seguridad Social, lo cierto es que es uno de los sectores donde más ha proliferado la economía sumergida. Sin embargo, con la citada Ley 27/2011 esta obligación recaía ya en la persona que contrataba sus servicios, lo que hizo aflorar multitud de nuevos contratos. Con estos han aparecido también varias dudas sobre como debe gestionarse la contratación de las empleadas del hogar, su inclusión en la declaración de IRPF y sobre todo cuestiones referentes a las retenciones de IRPF.


Retenciones IRPF. ¿Hay que practicar alguna retención de IRPF a las empleadas del hogar? 

La Dirección General de Tributos dio respuesta a la cuestión a través de la consulta vinculante V0248-12 del 6 de febrero de 2012 que básicamente establece que no es necesario practicar retención de IRPF a la empleada del hogar por parte del empleador.
  • La resolución argumenta que “al ser satisfechos los rendimientos del trabajo por una persona física en un ámbito particular (es decir, no empresarial ni profesional) y residente en territorio español, no procederá la práctica de retenciones sobre los rendimientos del trabajo que el consultante satisfaga a su empleado del hogar, por lo que aquél queda al margen de las obligaciones formales y materiales que la normativa establece para los obligados a retener o ingresar a cuenta”.
  • Otro caso diferente sería cuando la relación se da entre una persona jurídica o una empresa y la empleada del hogar. En este caso sí que habría que practicar retención, ya que cambian las personas que firman el contrato.

Declaración de la renta del empleador.  ¿Se puede deducir los pagos a esta persona en la declaración de la renta de quien contrata a la empleada del hogar? 

La respuesta, lógicamente, es que no. Por más que exista un contrato de por medio en el que la persona física actúa como contratante, no se trata de un gasto que se pueda desgravar en la declaración de la renta, como tampoco se puede el alquiler de la plaza de garaje o los gastos en el suministro eléctrico, por poner un ejemplo.

De hecho, ni siquiera es necesario reflejar este gasto en la declaración de IRPF, como tampoco es necesario consignar otros gastos que antes hemos puesto como ejemplo.


Declaración de la renta de la la empleada del hogar. Sus obligaciones fiscales no difieren de las de cualquier otro trabajador. El hecho de que no se le practiquen retenciones no la hará que esté exenta de hacer la declaración de la renta y para saber si está obligada a presentar el IRPF deberá tener en cuenta los criterios generales.
  • Estas normas generales sitúan en 22.000 euros anuales el límite a partir del cual es obligatorio declarar, siempre que los ingresos procedan de un solo pagador. 
  • En caso de existir más de un pagador, algo habitual en el caso de las empleadas del hogar, el límite baja hasta los 11.200 euros siempre que se hayan percibido más de 1.500 euros del segundo y posterior pagadores.
  • Lo que ocurre con las empleadas del hogar, al igual que quienes perciben el paro, es que al no estar sujetas a retenciones de IRPF, después el resultado de la declaración de la renta puede no serles favorable. 


miércoles, 20 de febrero de 2013

Gestión del mantenimiento de equipos e instalaciones

Mantenimiento se puede definir como el conjunto de acciones destinadas a conservar equipos e instalaciones, de forma que se obtenga el mayor tiempo de disponibilidad, con el mayor rendimiento y el menor coste posible.





Las acciones a realizar, se pueden englobar en dos categorías:
  • Correctivas: Se trata de acciones realizadas en el momento en que se detecta una avería en el equipo.
  • Preventivas: En este caso son acciones de mantenimiento planificadas, que contemplan los ajustes, modificaciones, cambios, limpieza y reparaciones necesarios para mantener cualquier instalación, herramienta o equipo en condiciones seguras de uso, con el fin de evitar posibles daños al equipo evitando paradas no planificas y por lo tanto a mejorar su Fiabilidad.

Los objetivos de los Departamentos de Mantenimiento podrían ser:
  • Maximizar la disponibilidad de equipos e instalaciones para la producción de manera que siempre estén aptos y en condición de operación inmediata.
  • Lograr con el mínimo coste posible el mayor tiempo de servicio de equipos e instalaciones.
  • Preservar el valor de las instalaciones, optimizando su uso y minimizando el deterioro y, en consecuencia, su depreciación.
  • Disminuir los paros imprevistos de producción ocasionados por fallos inesperados, tanto en los equipos como en las instalaciones. Lograr la creación de un sistema de mantenimiento preventivo capaz de alcanzar metas en la forma más económica posible.
Mediante el uso de herramientas informáticas, creadas específicamente para gestionar departamentos o empresas de mantenimiento, como CiJAM SAT, cualquier departamento de mantenimiento obtendría los siguiente beneficios:
  • Disponer de los datos técnicos inherentes a cada uno de los equipos que componen el activo fijo de la empresa y del historial de acciones realizadas a los mismos.
  • Planificar las acciones periódicas de los equipos o de algunas de sus piezas o componentes críticos y, para cada una de ellas. El plan puede incluir los repuestos y materiales necesarios así como los recursos humanos y  herramientas requeridos para realizar la acción.
  • Controlar la ejecución de plan y captar la información generada.
  • Controlar la ejecución del plan de reparaciones y captar la información correspondiente, tanto técnica como de el coste de su ejecución.
  • Este conjunto de tareas, en su mayoría de naturaleza administrativa, pueden realizarse fácilmente gracias a la sencilla interfaz de CiJAM SAT.

Si tenemos en cuenta la situación generalizada de crisis económica por la que estamos atravesando, no cabe duda de que controlar y disminuir los costes de mantenimiento de equipos e instalaciones afecta directamente al margen comercial de cualquier empresa y por lo tanto cualquier solución software que ayude a conseguirlo se convierte en una herramienta indispensable.



Canarlab - Distribuidor autorizado CiJAM SAT para las Islas Canarias (España)
www.canarlab.es    -    canarlab@canarlab.es    -    Teléfono: 922 824 090

miércoles, 13 de febrero de 2013

Cómo utilizar AirPrint con cualquier impresora




Desde iOS 4.0, una de las funciones más interesantes que se agregó al iPad y al iPhone fue la de AirPrint, es decir la función para poder utilizar cualquier impresora compatible con este tipo de tecnología desde el propio tablet para imprimir de forma inalámbrica.
Si bien ya son bastante asequibles algunos modelos de impresoras WiFi, es posible que se resistan a deshacerse de esa impresora que les ha acompañado desde hace tiempo. Pues bien, es posible hacer compatible con AirPrint cualquier impresora USB conectada y compartida desde un ordenador que esté conectado a la misma red WiFi que el iPad o iPhone y no, no hace falta el jailbreak en esta ocasión.
Para ello necesitamos un pequeño software llamado AirPrint Activator que se puede descargar gratuitamente, tanto la versión para Windows como para Mac, desde su web oficial.
Una vez descargado y correspondientemente descomprimido e instalado AirPrint Activator en el ordenador, sea cual sea su OS, el proceso es tan sencillo como:
  1. Abrir el panel “Compartir” en las Preferencias del Sistema de OS X, o el correspondiente del Panel de Control en Windows para compartir la impresora deseada en la red local. 
  2. Iniciar la aplicación Air Print Activator.




  • Activar el interruptor para encender la función.
  • Ingresar la contraseña de administrador.
  • Seguir las instrucciones de la ventana emergente, indicando cúal de las impresoras que están compartidas en el sistema será la que se utilizará con AirPrint. En este momento ya puedes cerrar la ventana de AirPrint.
  • Conectar el iPad a la misma red WiFi que el ordenador.
  • Abrimos en el iPad lo que queremos imprimir (página web, pdf, email, etc) y vamos al botón superior de opciones. En él nos aparecerá la opción “Imprimir” y al pulsarla podremos elegir la impresora que está compartida en la red WiFi como si fuera compatible con AirPrint.
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